º. Oficina Jurídica. La Oficina Jurídica cumplirá las siguientes funciones
Asesorar al Ministro y demás dependencias de la entidad en la interpretación de las normas legales y constitucionales y en los asuntos de carácter jurídico del Ministerio.
Resolver las consultas formuladas por los organismos públicos y privados, así como por los usuarios y particulares, de conformidad con las normas que rigen los servicios y funciones de la institución.
Representar jurídicamente a la entidad en los procesos que se instauren en su contra o que ésta deba promover, mediante poder que le otorgue el Ministro y mantenerlo informado sobre el desarrollo de los mismos.
Elaborar y presentar al Ministro proyectos e iniciativas legales relacionadas con la misión institucional.
Elaborar, estudiar y conceptuar sobre los proyectos de ley, decretos, contratos, convenios y demás actos administrativos que deba expedir o proponer la entidad y sean sometidos a su consideración.
Compilar las normas legales, los conceptos, la jurisprudencia y la doctrina relacionados con la actividad del Ministerio y velar por su actualización y difusión.
Coordinar el desarrollo de las investigaciones que en el campo jurídico requiera la entidad.
Adelantar los asuntos legales relacionados con la exploración, explotación, comercialización, refinación, transporte y distribución de hidrocarburos que deba tramitar el Ministerio.
Las demás inherentes a su naturaleza y las que le sean asignadas por las normas legales vigentes.