Comisiones Diplomáticas. Para ser destinado en comisión diplomática, además de las condiciones establecidas en los artículos 92 a 94 del Decreto 1790 de 2000, se exigen los siguientes requisitos:
Estar clasificado en lista número 1, 2 o 3, de acuerdo con el Reglamento de Evaluación y Clasificación para el Personal de las Fuerzas Militares, en cada uno de los tres (3) últimos años de servicio;
Si se trata de una persona casada, que su cónyuge no tenga la nacionalidad del país ante el cual va a ser acreditado como miembro de la representación diplomática colombiana;
No tener solicitud de retiro pendiente.
Las comisiones diplomáticas de los Oficiales de las Fuerzas Militares, podrán tener una duración hasta de veinticuatro (24) meses.
(Decreto 1495 de 2002 artículo 34)