°. Presidencia de la Comisión para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales . El Presidente del Consejo Nacional Electoral con ocasión del plebiscito que se llevará a cabo el 2 de octubre de 2016, presidirá y liderará la Comisión para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales.
Decreto 1398 de 2016 →Vigente
Artículo 1
Presidencia De La Comisión Para La Coordinación Y Seguimiento De Los Procesos Electorales
Decreto 1398 de 2016 · por el cual se reglamenta la Ley Estatutaria 1806 de 2016 que regula el Plebiscito para la refrendación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.