Micelio

Artículo 7

Decreto 1141 de 1999 · por el cual se reestructura el Ministerio de Minas y Energía

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Despacho del Viceministro. El Viceministro cumplirá las funciones previstas por la Ley 489 de 1998, artículo 62, las que el Ministro le delegue y las demás que le sean asignadas por la ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1141 de 1999