Micelio

Artículo 33

De La Ley 33 De 1968, Y Por Ordenanzas Que El Gobernador O El Alcalde Posean Para Ello

Decreto 3157 de 1968 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Educación Nacional y se estructura el sector educativo de la Nación.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo treinta y tres . De cada Fondo Educativo Regional se hará un presupuesto anual que será sometido a la aprobación del Ministerio de Educación Nacional. Los demás aspectos relativos a la administración y aplicación del Fondo Educativo Regional serán fijados por contratos entre el Gobierno Nacional y los Departamentos o Distritos, a tenor de las facultades legales que el Gobierno tiene, según lo dispuesto en el Artículo 20 de la ley 33 de 1968, y por ordenanzas que el Gobernador o el Alcalde posean para ello

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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