°. Créanse en la seccional del Atlántico los siguientes empleos para la Unidad Programática Zonal número 10 Norte en la localidad de Barranquilla: AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 35468 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 9.
Las funciones correspondientes a las Jefaturas de la División de Salud, y a los Departamentos de Servicios Médico-Odontológicos Generales y dé Servicios Médico-Odontológicos Especializados contemplados en el Decreto 1668 de 1978 las asumirá el Director de la Unidad Programática Local.
Las funciones asignadas en el Decreto 1668 de 1978 a la Sección de Seguros, las" asumirá la Sección Financiera.
Las funciones correspondientes a las Jefaturas de Grupo y de Sección a que hace referencia el Decreto 1668 de 1978 no contempladas en este Acuerdo las asumirá el Jefe de la División Administrativa.
El enfermero (a) de la Unidad de Quirófanos y Salas de Parto desempeñará las funciones de coordinación en colaboración con los Coordinadores de las demás unidades. Los médicos especialistas (anestesiología) serán coordinados por el Director de la Unidad Programática Local.
Los médicos genérales de la unidad de urgencias atenderán las ayudantías quirúrgicas en las jornadas ordinarias y las urgencias de los pacientes hospitalizados que se presenten por fuera de los turnos de los especialistas.