Al que omita colocar los aparatos, señales o avisos destinados a prevenir desastres en el trabajo o en las vías de comunicación, o los altere o dañe, se le impondrá arresto de diez días a un año. Si de tal hecho se deriva un desastre, se impondrá de seis meses a cuatro años de prisión.
Delitos contra la salubridad pública.