Micelio

Artículo 3

Integración

Decreto 624 de 2016 · por el cual se crea y reglamenta la Mesa Permanente de Concertación con las Centrales Sindicales CUT, CGT, CTC y la Fecode para la Reparación Colectiva al Movimiento Sindical.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Integración . La Mesa Permanente de Concertación con las Centrales Sindicales CUT, CGT, CTC y la Fecode para la Reparación Colectiva al Movimiento Sindical estará integrada por los siguientes miembros plenos: a) En representación del Gobierno nacional

1.

El/la Ministro(a) del Interior o su delegado(a).

2.

El/la Ministro(a) de Hacienda y Crédito Público o su delegado(a).

3.

El/la Ministro(a) de Justicia y del Derecho o su delegado(a).

4.

El/la Ministro(a) del Trabajo o su delegado(a).

5.

El/la Ministro(a) de Educación Nacional o su delegado(a).

6.

El/la Director(a) del Departamento Nacional de Planeación o su delegado(a).

7.

El/la Director(a) del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social o su delegado(a).

8.

El/la Director (a) de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas o su delegado(a), quien la presidirá. b) El/la Defensor (a) del Pueblo o su delegado (a). e) En representación del Movimiento Sindical: 1. Dos (2) representantes de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT). 2. Dos (2) representantes de la Confederación General del Trabajo (CGT). 3. Dos (2) representantes de la Confederación de Trabajadores de Colombia (CTC). 4. Dos (2) representantes de la Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación (Fecode).

Parágrafo

En virtud de lo establecido en la Ley 489 de 1998, en representación del Gobierno solo podrán ser delegados para participar en la Mesa Permanente de Concertación con las Centrales Sindicales CUT, CGT, CTC y la Fecode para la Reparación Colectiva al Movimiento Sindical, los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados a cada entidad que cuenten con capacidad para tomar decisiones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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