Micelio

Artículo 6

Sin Perjuicio De Lo Dispuesto En El Numeral 3º Del Artículo 1º Del Presente Decreto, Las Personas Jurídicas Sin Ánimo De Lucro Que Realizan Actividades De Captación Y Colocación De Recursos Financieros Y Se Encuentran Sometidas A La Vigilancia De La Superintendencia Bancaria, Son Contribuyentes Del Impuesto Sobre La Renta Y Complementarios Y Para Tal Efecto Se Asimilan A Sociedades Anónimas

Decreto 1158 de 1987 · por el cual se reglamenta el artículo 32 de la Ley 75 de 1986 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 3º del artículo 1º del presente Decreto, las personas jurídicas sin ánimo de lucro que realizan actividades de captación y colocación de recursos financieros y se encuentran sometidas a la vigilancia de la Superintendencia Bancaria, son contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios y para tal efecto se asimilan a Sociedades Anónimas. La tarifa aplicable a estas entidades será del veinte por ciento (20%). Los pagos o abonos en cuenta que se efectúen a favor de las anteriores entidades, estarán sometidos a la retención en la fuente establecida en las normas vigentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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