Los funcionarios escalafonados en la Carrera Diplomática y Consular solo podrán ser nombrados jefes titulares de misiones diplomáticas si reúnen los siguientes requisitos
Encontrarse inscritos al menos en la categoría de ministro consejero;
Haber prestado sus servicios durante un mínimo de tres (3) años en la categoría de ministro consejero. La contravención a lo dispuesto en este artículo vicia de nulidad el nombramiento.
No obstante lo dispuesto en el inciso anterior, podrá renunciar a la Carrera, con el fin de aceptar su nombramiento como jefe de misión, perdiendo, por lo tanto, los derechos que ella le otorga. La renuncia deberá ser aceptada mediante decreto.