Micelio

Artículo 1

Decreto 1851022401 de 1851 · permitiendo la conduccion de la correspondencia que se quiera enviar por los correos de encomiendas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los correos de encomiendas que jiran entre esta capital i las provincias de Mariquita, Antioquia, Ocaña, Mompos, Cartajena, Santamarta, Valle dupar i Riohacha, i que parten de esta ciudad en los días 10 i 25 de cada mes, llevarán en lo sucesivo la correspondencia que se quiera enviar por ellos.

Por el presente ecreto en nada se altera el itinerario fijado para dichos correos de encomiendas en el artículo 5. del decreto de 13 de noviembre de 1850.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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