Documentos requeridos para la revisión y aprobación de PEMP. Los resultados del proceso de formulación del PEMP se consignarán en los siguientes documentos:
documento técnico de soporte. 2. documento resumen, 3. cartografía geo-referenciada, para los PEMP de inmuebles y muebles cuando aplique 4. documento normativo para los PEMP de inmuebles 4. evidencias del proceso de participación y construcción ciudadana, 5. identificación catastral y registral en el caso de los inmuebles o muebles cuando aplique y 6. presentación síntesis del PEMP.
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LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 2.4.1.1.8. Condiciones de manejo. Las condiciones de manejo son el conjunto de pautas y determinantes para el manejo del inmueble, en tres (3) aspectos: Físico- Técnicos, Administrativos y Financieros, los cuales deben propender por su preservación y sostenibilidad.
Aspectos Físico-Técnicos: Determinantes relacionadas con usos, volumetría, alturas, índices de ocupación y construcción, accesibilidad, movilidad, parqueaderos, antejardines, aislamientos, señalización, redes de servicios públicos, equipamientos urbanos, espacio público y demás aspectos relacionados con las condiciones físicas del Inmueble y su zona de influencia.
Aspectos Administrativos: Esquema de manejo administrativo del inmueble, que defina y garantice un responsable que se encargue del cuidado del mismo y de la aplicación del PEMP correspondiente.
Aspectos Financieros: Medidas económicas y financieras para la recuperación y sostenibilidad del inmueble, que comprenden la identificación y formulación de proyectos para incorporarlo a la dinámica económica y social y determinar las fuentes de recursos para su conservación y mantenimiento.
El PEMP deberá fijar, en los casos en que sea pertinente, las determinantes que desarrollarán las diferentes administraciones locales, en relación con los instrumentos de gestión del suelo, tales como planes parciales, unidades de actuación urbanística, procesos de expropiación y de renovación urbana, entre otros; así como los compromisos de inversión pública y privada.
Los planes de desarrollo, según sea el caso, deberán contemplar las previsiones necesarias tanto técnicas como financieras y presupuéstales para desarrollar e implementar los PEMP de inmuebles del Grupo Urbano.
Las entidades públicas, propietarias de bienes inmuebles declarados BIC están en la obligación de destinar recursos técnicos y financieros para su conservación y mantenimiento.
Dentro de este tipo de aspectos se incluyen los incentivos tributarios.
(Decreto número 763 de 2009; artículo 21)
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