º. Delégase en el Ministro de Hacienda y Crédito Público la facultad para celebrar en nombre de la Nación, un contrato de empréstito externo con la Corporación Andina de Fomento -CAF- por la suma de ciento sesenta y dos millones de dólares (US$162.000.000) de los Estados Unidos de América para el financiamiento del componente "Vías para la Paz" del Programa Manos a la Obra de la Red de Apoyo Social.
Decreto 1936 de 2000 →Vigente
Artículo 1
Delégase En El Ministro De Hacienda Y Crédito Público La Facultad Para Celebrar En Nombre De La Nación, Un Contrato De Empréstito Externo Con La Corporación Andina De Fomento -Caf- Por La Suma De Ciento Sesenta Y Dos Millones De Dólares (Us$162
Decreto 1936 de 2000 · por el cual se delega en el Ministro de Hacienda y Crédito Público la facultad para celebrar en nombre de la Nación un contrato de empréstito externo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.