Micelio

Artículo 16

Decreto 18730616 de 1873 · por el cual se promulga como lei colombiana la "Convencion consular" (de 20 de enero de 1870) #entre los Estados Unidos de Colombia i el Perú.".

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En caso de que fallezca en altamar un individuo de la Nacion del Cónsul, i los bienes de la sucesion o parto de ellos llegaren a un puerto del Distrito consular, el Cónsul intervendrá en las dilijencias relativas a la seguridad de tales bienes, como queda establecido para cuando el fallecimiento acontece en el Distrito consular

Los Cónsules podrán ejercer las funciones a que se refieren este artículo i los dos precedentes, en caso de que no lo prohiba la lejislacion local.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 18730616 de 1873