Se Autoriza, igualmente, al Gobierno para vender, sin necesidad de llenar las formalidades de subasta, la maquinaria, equipo y elementos sobrantes en Bocas de Ceniza, que no fueren utilizables en otras obras públicas nacionales. El producido de estas ventas se destinara a la obra del terminal marítimo de Barranquilla, para lo cual el Gobierno abrirá los créditos adicionales correspondientes.
El Gobierno podrá hacer directamente los pedidos de materiales y elementos que sean necesarios para los trabajos de ampliación del puerto en referencia, previa licitación privada ante el Ministerio de Obras Públicas.