Micelio

Artículo 50

Decreto 1770 de 1994 · por el cual se reglamenta parcialmente los artículos 13, 14 y 16 de la Ley 60 de 1993, en relación con la certificación de requisitos para la administración autónoma del Situado Fiscal para la salud por parte de los Departamentos, Distritos y Municipios, son procedimientos y formalidades

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ajustes de las entidades territoriales descentralizadas. Las Entidades Territoriales que hubieren sido certificadas por el Ministerio de Salud conforme al artículo 37 de la Ley 10 de 1990 y demás disposiciones legales, deberán realizar los ajustes institucionales ordenados por el Decreto-ley 1298 de 1994, sujetándose, según el caso, a las formalidades y procedimientos establecidos en el presente Decreto.

Parágrafo

Corresponde al Ministerio de Salud, Dirección General de Descentralización y Desarrollo Institucional del Ministerio de Salud, o la dependencia que haga sus veces, cuando se trate de departamentos y distritos, y a las direcciones seccionales de salud, cuando se trate de municipios, verificar el cumplimiento de dichos requisitos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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