° El explorador o exploradores de minas de petróleo deberá presentar al Alcalde del Municipio, donde se practeque la exploración, el permiso otorgado por el Gobierno.
Decreto 1255 de 1919 →Vigente
Artículo 6
El Explorador O Exploradores De Minas De Petróleo Deberá Presentar Al Alcalde Del Municipio, Donde Se Practeque La Exploración, El Permiso Otorgado Por El Gobierno
Decreto 1255 de 1919 · Por el cual se reglamenta la exploración de terrenos petrolíferos y se dispone llevar la estadística de minas de la misma materia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.