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Artículo 97

Funciones De La Gerencia Nacional De Desarrollo, Bienestar Y Salud Ocupacional

Decreto 2846 de 2009 · por el cual se modifica la estructura del Banco Agrario de Colombia S.A. y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Gerencia Nacional de Desarrollo, Bienestar y Salud Ocupacional. Son funciones de la Gerencia Nacional de Desarrollo, Bienestar y Salud Ocupacional

1.

Asesorar a la Vicepresidencia de Gestión Humana, en la formalización e implantación de políticas, normas y procedimientos que aseguren el adecuado desarrollo de los recursos humanos de la Entidad.

2.

Planear, dirigir, supervisar y controlar el desarrollo de los procesos de evaluación y desarrollo.

3.

Liderar, desarrollar y mantener el programa de evaluación del desempeño, orientado al desarrollo de los empleados y un mayor aporte por parte de ellos a la Entidad.

4.

Coordinar y supervisar el programa de Salud Ocupacional y seguridad que requiere la Entidad, para dar cumplimiento a lo establecido por la ley y proporcionar bienestar y seguridad a los empleados.

5.

Mantener permanente comunicación con la Empresa Administradora de Riesgos Profesionales, que atiende a la Entidad, con el fin de obtener de ellos el asesoramiento y coordinación del programa de Salud Ocupacional.

6.

Controlar el cumplimiento del Reglamento Interno de Trabajo y de las normas relacionadas con el Desarrollo del Recurso Humano.

7.

Planear, dirigir y controlar el proceso de comunicaciones internas que la Vicepresidencia genere para las diferentes dependencias del Banco.

8.

Proponer estrategias para la administración del personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las políticas y procedimientos definidos por el Banco en materia de evaluación, capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción, contratación y traslado del personal de su Gerencia.

9.

Propender por el cumplimiento de las políticas definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos bajo su responsabilidad.

10.

Identificar mejores prácticas en los procesos a su cargo y guiar su implementación.

11.

Responder por la utilización racional y efectiva del presupuesto asignado a la dependencia.

12.

Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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