Micelio

Artículo 4

Todos Los Aspirantes A Becas Para Perfeccionar Estudios En El Exterior, Una Vez Presentados Los Documentos A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Deberán Elaborar Un Trabajo Escrito, Sobre El Tema Que Señale El Rector De La Facultad Respectiva

Decreto 1790 de 1937 · Por el cual se reglamenta el otorgamiento de becas en el Exterior

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Todos los aspirantes a becas para perfeccionar estudios en el Exterior, una vez presentados los documentos a que se refiere el artículo anterior, deberán elaborar un trabajo escrito, sobre el tema que señale el Rector de la Facultad respectiva. El valor científico de los trabajos que se presenten se apreciará por el Consejo Directivo de la misma Facultad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1790 de 1937