Micelio

Artículo 4

Los Reconocimientos Necesarios Para Fijar Precio De Las Mercancías A Que Se Refiere Este Decreto, Serán Practicados Por Un Aforador Escogido En Sorteo, De Las Listas Que, Para Tal Efecto, Le Suministren Al Fondo Rotatorio Los Administradores De Aduana

Decreto 1520 de 1984 · Por el cual se reglamenta el artículo 10 de la Ley 48 de 1983

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los reconocimientos necesarios para fijar precio de las mercancías a que se refiere este Decreto, serán practicados por un aforador escogido en sorteo, de las listas que, para tal efecto, le suministren al Fondo Rotatorio los Administradores de Aduana. El dictamen deberá versar sobre la naturaleza, características, cantidades, peso, volumen o medidas de las mercancías, copia del cual será enviado a. la Junta Directiva del Fondo Rotatorio de Aduanas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1520 de 1984