Son funciones del Comandante General de las Fuerzas Militares, en relación con la defensa nacional: a). Asesorar al Presidente de la República y al Ministro de Defensa Nacional en asuntos militares; b). Preparar la apreciación estratégica, el plan de guerra de las Fuerzas Militares y el plan de defensa y seguridad interior; c). Preparar los planes necesarios para el desarrollo de las orientaciones guías emanadas del Consejo Superior de la Defensa Nacional; d). Ejercer la conducción de las operaciones militares como órgano de mando del Gobierno, cuando así lo disponga el Presidente de la República. CAPÍTULO VI. DE LAS FUERZAS MILITARES Y DE LA POLICÍA NACIONAL.
Decreto 3398 de 1965 →Vigente
Artículo 17
Son Funciones Del Comandante General De Las Fuerzas Militares, En Relación Con La Defensa Nacional: A)
Decreto 3398 de 1965 · Por el cual se organiza la defensa nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.