Parágrafo
En el presupuesto de la próxima vigencia el Gobierno apropiará la partida de quince mil pesos ($15.000) para atender al gasto que demanda la obra ordenada en el presente artículo.
Ley 18 de 1940 · Por la cual se ordena la construcción de un pabellón de maternidad en la ciudad del Carmen de Bolívar
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
En el presupuesto de la próxima vigencia el Gobierno apropiará la partida de quince mil pesos ($15.000) para atender al gasto que demanda la obra ordenada en el presente artículo.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.