Micelio

Artículo 31

Se Causa El Impuesto Sobre Demandas Ordinarias, Ejecutivas, De Tercería, De Venta De Bienes Con Hipoteca O Prenda, De Jurisdicción Voluntaria, De Amparo De Pobreza, Nulidad De Matrimonio Civil, De Divorcio, De Separación De Bienes, De Alimentos, De Capellanías, De Deslinde, Posesorias, De Lanzamiento, Rendición De Cuentas, De División, De Oposición A Las Solicitudes De Registro De Marcas Y Modelos Industriales Y De Patentes De Invención Y De Cancelación De Unos Y Otras

Decreto 1696 de 1932 · por el cual se reglamenta el Decreto legislativo número 92 del año en curso, en lo relacionado con el impuesto de timbre nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Se causa el impuesto sobre demandas ordinarias, ejecutivas, de tercería, de venta de bienes con hipoteca o prenda, de jurisdicción voluntaria, de amparo de pobreza, nulidad de matrimonio civil, de divorcio, de separación de bienes, de alimentos, de capellanías, de deslinde, posesorias, de lanzamiento, rendición de cuentas, de división, de oposición a las solicitudes de registro de marcas y modelos industriales y de patentes de invención y de cancelación de unos y otras. Las estampillas correspondientes a las demandas sobre oposición o cancelación en materia de propiedad industrial, deben adherirse a las demandas una vez que sean recibidas por el Juez de Circuito o formalizadas ante éste.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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