°. Modifíquense los incisos segundo y tercero del artículo 2° del Decreto 2886 de 2003, modificado por el artículo 1° del Decreto 2046 de 2016, los cuales quedarán así: “Por cada zona del país se tendrán en cuenta dos (2) servidores sobresalientes. Uno (1) de la planta global del área de Fiscalías y otro de la planta global del área de Policía Judicial. A nivel nacional se elegirá un (1) servidor de la planta global del área administrativa o de apoyo a la gestión, un (1) servidor del área de atención al usuario y un (1) servidor analista de comunicaciones en las salas de control telemático”. “Las condecoraciones como distinción póstuma podrán otorgarse a servidores de la Fiscalía General de la Nación fallecidos en cumplimiento de su deber cuando, a juicio del Fiscal General, se den las circunstancias para su reconocimiento, sin que este reconocimiento afecte el número de distinciones autorizadas por este decreto”.
Decreto 1832 de 2019 →Vigente
Artículo 1
Modifíquense Los Incisos Segundo Y Tercero Del Artículo 2° Del Decreto 2886 De 2003, Modificado Por El Artículo 1° Del Decreto 2046 De 2016, Los Cuales Quedarán Así: “por Cada Zona Del País Se Tendrán En Cuenta Dos (2) Servidores Sobresalientes
Decreto 1832 de 2019 · por el cual se modifica el Decreto 2886 de 2003, relativo a la condecoración “Enrique Low Murtra” al mérito en el servicio de la Fiscalía General de la Nación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.