Micelio

Artículo 3

Ley 18671008 de 1867 · Adicional a y reformatoria de la de 19 de mayo de 1864, que organiza las casas de moneda

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3.° El Poder Ejecutivo determinará las funciones i deberes del Fundidor afinador i del Fiel de moneda.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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