Micelio

Artículo 32

Decreto 1292 de 1994 · por el cual se reestructura el Ministerio de Salud

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Subdirección Fondo de Solidaridad y Garantía. La Subdirección Fondo de Solidaridad y Garantía cumplirá las siguientes funciones

1.

Planear, coordinar y controlar la administración de los financieros del Fondo de Solidaridad y Garantía.

2.

Realizar los estudios y presentar, en coordinación con la Dirección de Seguridad Social, al Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud alternativas para determinar los criterios de utilización y distribución de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía.

3.

Coordinar y supervisar el proceso de compensación en el Régimen Contributivo del Sistema de Seguridad Social en Salud.

4.

Coordinar y supervisar el pago de reconocimientos con cargo a la subcuenta de riesgos catastróficos y accidentes de tránsito.

5.

Coordinar y supervisar el manejo de los recursos de la subcuenta de solidaridad del Fondo.

6.

Coordinar y supervisar el manejo de la subcuenta de promoción del Fondo de Solidaridad y Garantía de acuerdo con las políticas del Ministerio en este campo.

7.

Realizar el seguimiento, control y evaluación de la operación y gestión del Fondo de Solidaridad y Garantía.

8.

Planear, organizar dirigir, coordinar y administrar los procesos relacionados con el cargo fiduciario de que trata el artículo 218 de la Ley 100 de 1993.

9.

Preparar los informes y demás documentos relacionados con el funcionamiento del Fondo de Solidaridad y Garantía, para conocimiento del Ministerio y el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.

10.

Realizar el seguimiento presupuestal y contable de las subcuentas del Fondo de Solidaridad y Garantía del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

11.

Desarrollar, en coordinación con la División Financiera, el sistema contable del Fondo de Solidaridad y Garantía.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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