Autorícese al Icetex para que establezca una política integral de alivios e incentivos que contemplen beneficios de condonación parcial de capital por pago anticipado de la obligación crediticia, por riesgo de incobrabilidad, por excelencia académica y otras alternativas de compensación social. Estas medidas estarán sujetas a la disponibilidad de recursos propios y del Gobierno nacional.
Corresponde a la Junta Directiva del Icetex, en ejercicio de sus facultades, reglamentar los parámetros y la proporción del capital que puede ser objeto de condonación, con base en los estudios técnicos que se estructuren en la entidad.
Los constituyentes de fondos y/o alianzas administradas por el Icetex, podrán acogerse a estos incentivos mediante autorización expedida por la junta administradora respectiva.