Zona electoral. El día de las elecciones, durante las horas de votación, las autoridades militares y de policía no permitirán activismo político ni entrega de votos, a menos de 50 metros de los puestos o zonas de votación. Los partidos políticos realizarán estas actividades con base en lo dispuesto en la Resolución número 15 de 1986 del Consejo Nacional Electoral y en las demás disposiciones que dicte este organismo.
Decreto 1134 de 1988 →Vigente
Artículo 11
Zona Electoral
Decreto 1134 de 1988 · por medio del cual se reglamenta el proceso electoral tendiente a efectuar nueva elección de Alcalde.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.