Micelio

Artículo 30

División De Carrera Tributaria Y Aduanera

Decreto 2117 de 1992 · por el cual se fusionan la Dirección de Impuestos Nacionales y la Dirección de Aduanas Nacionales en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 30. División de Carrera Tributaria y Aduanera. Conforme a las políticas e instrucciones del Subsecretario de Recursos Humanos, son funciones de la División de Carrera, las siguientes

a)

Diseñar, establecer y administrar el sistema de la Carrera Tributaria y Aduanera;

b)

Adelantar y administrar los procesos de selección y promoción de los funcionarios de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;

c)

Administrar los sistemas de clasificación, remuneración y nomenclatura de empleos, conformación de la planta de personal y evaluación del desempeño, de acuerdo con los parámetros señalados por el Director;

d)

Coordinar con la Escuela de Impuestos y Aduanas Nacionales las actividades relacionadas con los cursos y concursos de ingreso, inducción y promoción de los funcionarios de la Dirección de Impuestos Nacionales;

e)

Establecer, en coordinación con las distintas dependencias, los perfiles ocupacionales exigidos a las personas que deban ocupar los cargos vacantes en la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para efectos delos concursos que sean convocados;

f)

Diseñar e implantar los sistemas de evaluación de desempeño, y supervisar su aplicación;

g)

Consolidar y preparar los informes de evaluación del desempeño de los funcionarios de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;

h)

Establecer y administrar el banco de pruebas psicotécnicas para el proceso de selección y promoción;

i)

Controlar el desarrollo de los concursos de ingreso y promoción de los funcionarios de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en las diferentes Administraciones; y

j)

Las demás que le asigne el Subsecretario de Recursos Humanos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2117 de 1992