Micelio

Artículo 41

Son Funciones De La Sección De Representación Externa: A) Conforme A Autorización Expresa E Individual Del Subdirector Jurídico Intervenir En Los Procesos Que En Materia Tributaria Se Promuevan Ante La Jurisdicción De Lo Contencioso Administrativo, Contra Actos De Carácter Individual O Particular Proferidos Por La Dirección General De Impuestos Nacionales, Y B) Asesorar A Los Abogados De Las Divisiones Delegadas Y De Las Unidades De Recursos Tributarios De Las Administraciones De Impuestos Nacionales Que Atiendan Negocios Tributarios Ante Los Tribunales Respectivos

Decreto 74 de 1976 · Por el cual se modifica la estructura de la dirección general de impuestos nacionales del ministerio de hacienda y crédito público, se suprimen unos cargos y se redistribuyen funciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Representación Externa

a)

Conforme a autorización expresa e individual del Subdirector Jurídico intervenir en los procesos que en materia tributaria se promuevan ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, contra actos de carácter individual o particular proferidos por la Dirección General de Impuestos Nacionales, y

b)

Asesorar a los Abogados de las Divisiones Delegadas y de las unidades de Recursos Tributarios de las Administraciones de Impuestos Nacionales que atiendan negocios tributarios ante los tribunales respectivos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 74 de 1976