Funciones de la Asamblea de Inversionistas. Son funciones de la asamblea de inversionistas, además de las señaladas en el reglamento
Designar, cuando lo considere conveniente, un auditor externo para el Fondo de Inversión Colectiva.
Disponer que la administración del Fondo de Inversión Colectiva se entregue a otra sociedad legalmente autorizada para el efecto.
Decretar la liquidación del Fondo de Inversión Colectiva y, cuando sea del caso, designar el liquidador.
Aprobar o improbar el proyecto de fusión del Fondo de Inversión Colectiva.
Solicitar a la Sociedad Administradora de Fondos de Inversión Colectiva realizar la remoción del gestor externo, de conformidad con las causales descritas en el reglamento.
Las demás expresamente asignadas por el presente decreto.
Cuando quiera que se opte por el sistema del voto por escrito, para las reuniones adelantadas de conformidad con el artículo 20 de la Ley 222 de 1995 o cualquier otra norma que lo modifique, sustituya o derogue, os documentos que se envíen a los inversionistas deben contener la información necesaria, a fin de que estos dispongan de elementos de juicio suficientes y adecuados para tomar la respectiva decisión.