Micelio

Artículo 35

La Falsedad En La Declaración A Que Se Refiere El Anterior Artículo, Dará Lugar Al Decomiso De La Totalidad De Los Artículos Nuevos Que Hagan Parte Del Equipaje, Sin Perjuicio De Las Demás Sanciones Penales O Administrativas Que Fueren Aplicables

Decreto 445 de 1960 · Por el cual se reglamenta la Ley 127 de 1959 sobre Puerto Libre de San Andrés, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La falsedad en la declaración a que se refiere el anterior artículo, dará lugar al decomiso de la totalidad de los artículos nuevos que hagan parte del equipaje, sin perjuicio de las demás sanciones penales o administrativas que fueren aplicables.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 445 de 1960