Micelio

Artículo 2

Decreto 1526 de 1953 · Por el cual se reaforan unos impuestos incorporados en el Presupuesto de Rentas e Ingresos para la vigencia fiscal en curso

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. El Gobierno Nacional queda facultado para efectuar las operaciones presupuestales que se requieran para la incorporación de estos nuevos recursos en el Presupuestos vigente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1526 de 1953