Micelio

Artículo 61

Todos Los Empleados De Manejo Que Tenga La Caja, Deberán, Antes De Tomar Posesión Del Cargo, Otorgar Cauciones Por El Valor Que Determine La Junta Directiva, En Pólizas De Las Compañías Aseguradoras De Manejo Y Cumplimiento Que Funcionen En El País Y Que Estén Autorizadas Por La Superintendencia Bancaria

Decreto 1140 de 1948 · por el cual se reglamenta la Ley 87 de 1947.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Todos los empleados de manejo que tenga la Caja, deberán, antes de tomar posesión del cargo, otorgar cauciones por el valor que determine la Junta Directiva, en pólizas de las compañías aseguradoras de manejo y cumplimiento que funcionen en el país y que estén autorizadas por la Superintendencia Bancaria. Sin este requisito no podrán ejercer el cargo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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