Articulo 23. Reglamento estudiantil. El Consejo Directivo Nacional, previo concepto del Consejo Académico Nacional adoptará el reglamento estudiantil, dentro de los siguientes lineamientos
Sistema de admisión que propicie la vinculación a la Escuela del personal más calificado para desempeñarse en el futuro en la Administración Pública y de los servidores públicos de acuerdo con los requerimientos de las entidades públicas de todos los órdenes;
Sistema de evaluación que propicie la excelencia académica;
Régimen de estímulos y distinciones basado en los resultados académicos;
Derechos y obligaciones de los estudiantes;
Régimen disciplinario;
Garantías de aprendizaje, opinión, participación y organización;
Régimen de bienestar estudiantil.