La Comisión y la Junta, al adoptar y fijar las normas especiales o los requisitos específicos de origen, según el caso, procurarán que no constituyan obstáculo para que Bolivia y el Ecuador aprovechen las ventajas derivadas de la aplicación del Acuerdo.
Decreto 1245 de 1969 →Vigente
Artículo 84
La Comisión Y La Junta, Al Adoptar Y Fijar Las Normas Especiales O Los Requisitos Específicos De Origen, Según El Caso, Procurarán Que No Constituyan Obstáculo Para Que Bolivia Y El Ecuador Aprovechen Las Ventajas Derivadas De La Aplicación Del Acuerdo
Decreto 1245 de 1969 · por el cual se aprueba el Acuerdo de Integración Sub-regional ( Grupo Andino ), suscrito en Bogotá el 26 de mayo de 1969 por Plenipotenciarios de los Gobiernos de Colombia, Bolivia, Chile, el Ecuador y Perú.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.