Micelio

Artículo 3.1.3.1

Decreto 1067 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Relaciones Exteriores.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Mecanismo de participación de la sociedad civil de la política pública exterior feminista. Créase el Mecanismo de Participación de la Sociedad Civil de la Política Pública Exterior Feminista, como una instancia de interlocución de las mujeres en sus diversidades, personas LGBTIQ+ y mujeres colombianas que habitan en el exterior, con el Ministerio de Relaciones Exteriores, para lo relacionado con la implementación y seguimiento de la Política Pública Exterior Feminista.

En aras del cumplimiento del principio de participación de la Política Pública Exterior Feminista, el Ministerio de Relaciones Exteriores en conjunto con las poblaciones beneficiarias de la política pública exterior feminista definirán la forma de selección de los representantes, la conformación y funcionamiento del mecanismo, con la finalidad de garantizar la transparencia en la garantía del derecho de participación.

El Ministerio de Relaciones Exteriores facilitará los medios virtuales o espacios físicos que permitan a las organizaciones el ejercicio del derecho a la participación y cumplir con los objetivos planteados en este artículo.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1067 de 2015