Micelio

Artículo 27

Imposición De Derechos Por Importaciones Masivas O Incumplimiento

Decreto 991 de 1998 · por el cual se regula la aplicación de derechos “antidumping”.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Imposición de derechos por importaciones masivas o incumplimiento. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior, el Ministerio de Comercio Exterior podrá ordenar la imposición de derechos definitivos a importaciones ya efectuadas, en las siguientes circunstancias

1.

Cuando se produzca un daño por importaciones masivas objeto de dumping , sobre las importaciones efectuadas dentro de los 90 días anteriores a la fecha de imposición de los derechos provisionales, pero en ningún caso antes de la fecha de la publicación de la resolución de apertura de la investigación.

2.

Cuando se presenten incumplimientos en las manifestaciones de intención que se hubieran aceptado conforme a lo previsto en el artículo 31 del presente decreto, sobre las importaciones declaradas en los 90 días anteriores a la fecha del establecimiento de los derechos provisionales, pero en ningún caso a las importaciones declaradas antes del incumplimiento.

Parágrafo

La calificación de las importaciones masivas, de que trata este artículo, se hará teniendo en cuenta su comportamiento entre la fecha de apertura de investigación y la de imposición de las medidas provisionales, en relación con el comportamiento de las importaciones en un período de tres años anteriores a la fecha de apertura de investigación. Se considerará también en cada caso particular el tamaño del mercado del producto objeto de investigación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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