Todos los empleos permanentes u ocasionales de la Junta de Conversión, inclusive los la Oficina de Cambio establecida en Bogotá, serán provistos por ella misma, pero los nombramientos se sujetarán a las condiciones y requisitos que exige Código Fiscal para la provisión de cargos de manejo. La creación de nuevos empleados y sus asignaciones las hará la Junta de acuerdo con el Ministro del Tesoro.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.