CONVOCAR a las veedurías ciudadanas y a las asociaciones cívicas, comunitarias, de profesionales, benéficas o de utilidad común, para que realicen el control social al presente proceso de selección, en los términos del
inciso 3 del artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y del artículo 9° del Decreto 2170 de 2002.