º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: DEL MINISTERIO DE LA ECONOMÍA NACIONAL Capítulo 46 Artículo 588. Para servicios de agua, teléfono, luz y energía eléctrica del Ministerio y del Laboratorio Químico Nacional, y material para reparaciones de los mismos servicios $ 434.43 Capítulo 47: Artículo 610. Para gastos de energía eléctrica, teléfono y agua, incluyendo materiales para reparaciones de los misinos servicios (Estación Experimental de La Picota) 336.72 Artículo 647. Para pago de servicios de energía eléctrica, agua y demás similares, y compra de materiales para reparación de los mismos servicios (Campaña del Trigo) 103.05 Capítulo. 48: vehículos y demás gastos similares del Departamento de Ganadería $ 142.99 Capítulo 49: Artículo 762. Para pago de arrendamientos de oficinas para el servicio del Departamento, y pago de los servicio de luz, energía, agua y teléfono (Departamento de Tierras y Colonización) 62.29 Capítulo 50: Artículo 788. Para pago de servicios de agua, luz, energía y teléfono, compra de materiales y elementos para el uso y consumo del Departamento (Departamento de Aguas y Meteorología) 46.41 Capítulo 54 : Artículo 888. Para pago de servicios de acueducto, agua potable, teléfono y radioteléfono, alumbrado y energía eléctrica, y para materiales de los mismos servicios y elementos de aseo v desinfección 56.84 DEL MINISTERIO DE MINAS Y PETROLEOS Capítulo 52: Artículo 831. Para pago de servicios de acueducto y agua potable, energía, telefónico y radiotelefónico (Departamento de Minas) 500.00 Artículo 848. Para sueldos del personal de la Administración de las minas de Muzo y Coscuez 250.00 AL MINISTERIO DE MINAS Y PETROLEOS Capítulo 52: Artículo 845. Para los servicios de alumbrado energía eléctrica, acueducto y agua potable, teléfono y radioteléfono, y para gastos menores e imprevistos (Planta Metalúrgica de Pasto) 250.00 AL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Capítulo 91 : Artículo 1499. Para el pago de elementos y servicios de alumbrado y energía eléctrica de los edificios nacionales, parques y jardines de la capital de la República 1.683.33 Sumas iguales $ 1.933.33 1.933.33
Decreto 1881 de 1940 →Vigente
Artículo 1
Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Del Ministerio De La Economía Nacional Capítulo 46 Artículo 588
Decreto 1881 de 1940 · Por el cual se hacen traslados del Presupuesto vigente
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.