Micelio

Artículo 19

Los Fabricantes De Artículos Sujetos A Norma Oficial De Carácter Obligatorio Deberán Obtener, Previamente A Su Comercialización, Licencia De Fabricación Expedida Por La Superintendencia De Industria Y Comercio O Por La Entidad Que Fuere Legalmente Competente

Decreto 2416 de 1971 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre normas y calidades, pesas y meidas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los fabricantes de artículos sujetos a norma oficial de carácter obligatorio deberán obtener, previamente a su comercialización, licencia de fabricación expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio o por la entidad que fuere legalmente competente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2416 de 1971