DERECHOS DEL INVESTIGADO O PRESUNTO INFRACTOR. El investigado o presunto infractor tiene los derechos que a continuación se relacionan. El defensor, para los fines de su cargo, tiene los mismos derechos. Cuando existan pretensiones contradictorias entre ellos prevalecerán las del defensor. Tales derechos son
Conocer la investigación, pudiendo solicitar la expedición de copias de la actuación, salvo las que por mandato constitucional o legal tengan carácter reservado, siempre y cuando, dicha reserva no surja de la misma investigación que contra él se siga.
Rendir descargos por escrito o solicitar expresamente ser oído en declaración de descargos, caso en el cual el funcionario sólo podrá interrogarlo cuando omita explicar alguna de las circunstancias relacionadas con las conductas que se le endilgan.
A nombrar apoderado a su cargo, si lo considera necesario.
A solicitar, presentar y contradecir las pruebas.
A impugnar las providencias, cuando hubiere lugar a ello.