Integración. La Comisión Nacional para Asuntos Antárticos estará constituida así:
El Ministro de Relaciones Exteriores o en su defecto, el Viceministro.
El Ministro de Defensa Nacional o en su defecto el Comandante de la Armada Nacional.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público o en su defecto el Viceministro.
El Jefe del Departamento Nacional de Planeación o en su defecto el Subjefe del mismo.
El Presidente del Consejo Nacional de Oceanografía.
El Presidente de la Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales.
Los miembros de la Comisión Nacional para Asuntos Antárticos podrán hacerse acompañar de los asesores que estimen convenientes.