Articulo segundo . Una vez convenidos los respectivos arreglos, el Gobierno entregará a lu Empresa Colombiana de Petróleos (Ecopetrol), los pagarés que sustituyan los que respaldan aquella obligación, con base en los saldos vigentes en el momento de celebrar el respectivo contrato.
Decreto 960 de 1961 →Vigente
Artículo 2
Decreto 960 de 1961 · Por el cual se autoriza al Gobierno Nacional para contratar modificaciones de Deuda Interna de la Nación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.