° Pertenecen a la primera categoría: Jefes de Departamentos
Departamento Nacional del. Trabajo, Abogado.
Departamento de Servicios. Coordinados de Higiene, Médico.
Departamento de Lucha Antileprosa, Médico.
Departamento de Protección Infantil y Materna, Médico.
Departamento de Asistencia Social, Médico.
Departamento de Ingeniería Sanitaria, Ingeniero.
Para este grupo se requieren las siguientes condiciones mínimas de admisión al servicio: Título correspondiente a la profesión indicada en cada ordinal, junto con la respectiva inscripción, licencia o matrícula, según el caso y conforme a la ley; y además, en cuanto fuere posible, los conocimientos cíe especialización en cada ramo. Cuando el aspirante haya terminado estudios, puede ser admitido al servicio con la condición dé que adquiera el titulo respectivo, a más tardar dentro de un año, contado desde la terminación de estudios. El Jefe superior del ramo puede prescindir, de estas reglas en casos excepcionales, en los cuales el candidato compruebe en otra forma satisfactoria los conocimientos correspondientes al empleo.'