Micelio

Artículo 2

Pertenecen A La Primera Categoría: Jefes De Departamentos

Decreto 1554 de 1940 · Por el cual se establece el Escalafón de Empleos del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, se fijan las condiciones mínimas de admisión, y se dictan otras disposiciones

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Pertenecen a la primera categoría: Jefes de Departamentos

a)

Departamento Nacional del. Trabajo, Abogado.

b)

Departamento de Servicios. Coordinados de Higiene, Médico.

c)

Departamento de Lucha Antileprosa, Médico.

d)

Departamento de Protección Infantil y Materna, Médico.

e)

Departamento de Asistencia Social, Médico.

f)

Departamento de Ingeniería Sanitaria, Ingeniero.

Parágrafo

Para este grupo se requieren las siguientes condiciones mínimas de admisión al servicio: Título correspondiente a la profesión indicada en cada ordinal, junto con la respectiva inscripción, licencia o matrícula, según el caso y conforme a la ley; y además, en cuanto fuere posible, los conocimientos cíe especialización en cada ramo. Cuando el aspirante haya terminado estudios, puede ser admitido al servicio con la condición dé que adquiera el titulo respectivo, a más tardar dentro de un año, contado desde la terminación de estudios. El Jefe superior del ramo puede prescindir, de estas reglas en casos excepcionales, en los cuales el candidato compruebe en otra forma satisfactoria los conocimientos correspondientes al empleo.'

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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