Micelio

Artículo 6

Difusión Y Conservación De Las Expresiones Gastronómicas Y Platos Típicos

Ley 2596 de 2026 · Por medio del cual se exalta la gastronomía y platos típicos del pueblo raizal del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Se autoriza al Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes en coordinación con la Gobernación del Archipiélago de San Andrés, Providencia, y Santa Catalina para que de conformidad con sus funciones constitucionales y legales contribuyan al fomento, internacionalización, promoción, divulgación, financiación y desarrollo de los valores culturales que se originan alrededor de la gastronomía y platos típicos del pueblo raizal del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

El Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes apoyará el trabajo investigativo y las publicaciones en los temas de gastronomía y platos típicos del pueblo raizal del archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

CAPÍTULO I.

SISTEMA DE INFORMACIÓN, FORTALECIMIENTO Y PROMOCIÓN.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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