Micelio

Artículo 54

Ley 95 de 1936 · Sobre Código Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La publicación especial de la sentencia condenatoria debe ordenarse como pena accesoria de las de presidio y prisión, siempre que no se otorgue la condena condicional y que no se trate de menores de diez y ocho años, ni de delitos contra las buenas costumbres o el orden de las familias.

En este último caso sólo puede hacerse a petición de la parte lesionada por el delito, observando lo prescrito en el Artículo 52.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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