Micelio

Artículo 3

El Tesorero Municipal De Tocaima Abrirá En El Banco De La República Una Cuenta Especial, Con Destino A La Construcción Del Acueducto, Alcantarillado Y Plaza De Mercado De Tocaima

Decreto 1147 de 1938 · Por el cual se reglamentan los artículos 2° a 5° de la Ley 6ª de 1937

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El Tesorero Municipal de Tocaima abrirá en el Banco de la República una cuenta especial, con destino a la construcción del acueducto, alcantarillado y plaza de mercado de Tocaima. En esta cuenta se consignará mensualmente el 10 por 100 del monto del presupuesto del Municipio y la parte proporcional del auxilio de $ 10,000 anuales, destinado para tales obras por el artículo 2°. de la Lev 6 a de 1937.

Parágrafo

Para que la Nación consigne en la cuenta de que trata este artículo la respectiva cantidad, se requiere que el Municipio demuestre con el certificado del Banco de la República que ha hecho la consignación que le corresponde.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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