Micelio

Artículo 3

º

Decreto 178 de 1987 · por el cual se fijan unas remuneraciones en el Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo "FONADE" y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. A partir del 1º de enero de 1987, la remuneración mensual del empleo de Jefe de Sección Grado 09 del Nivel Ejecutivo, será de ciento veintitrés mil novecientos veinticinco pesos ($ 123.925.00) moneda corriente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 178 de 1987